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Novedades de la Declaración de la Renta 2022 y obligados a declarar

BBVA AM España

18 de abril de 2023

El plazo de presentación de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2022 se ha iniciado el martes 11 de abril de 2023, y finalizará el próximo 30 de junio. Vemos a continuación las principales novedades de la Renta 2022 en materia de ahorro, inversión y previsión social, así como quien esta obligado a presentar Declaración de Renta 2022.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2022?

Tienen obligación de declarar los contribuyentes que hayan obtenido en 2022 rendimientos íntegros del trabajo superiores a 22.000 euros anuales, si procediesen de un único pagador. Entre los mismos se incluyen también las pensiones y haberes pasivos, así como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos.

También están obligados a declarar aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo, siendo inferiores a 22.000 euros, superasen los 15.000 euros anuales y procediesen de más de un pagador, siempre que los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superasen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

El límite de rendimientos íntegros para dos o más pagadores se ha incrementado desde los 14.000 euros aplicables en 2021 a los 15.000 aplicables en 2022.

Además, están obligados a presentar declaración de IRPF 2022, quienes hayan obtenido rendimientos íntegros del capital mobiliario (*) y ganancias patrimoniales (**), sometidos a retención o ingreso a cuenta, superiores en su conjunto a 1.600 euros anuales.

(*) Son rendimientos del capital mobiliario, por ejemplo, los dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.

(**) Se consideran ganancias patrimoniales, por ejemplo, las ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en fondos de Inversión, compraventa de acciones, premios por la participación en concursos o juegos, etc.

También están obligados a presentar Declaración de la Renta quienes hayan obtenido rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro, y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, superiores al límite conjunto para todas ellas de 1.000 euros anuales.

Principales novedades de la Renta 2022 en materia de ahorro, inversión y previsión social

Disminución del límite máximo de aportación y reducción en IRPF de las aportaciones a planes de pensiones individuales

El importe máximo de aportación a los planes de pensiones individuales, disminuye de los 2.000 aplicables en 2021 hasta los 1.500 euros anuales aplicables en el ejercicio 2022.

Por lo tanto, se podrá reducir en la base imponible general del IRPF la menor entre 1.500 euros y el 30% de los rendimientos netos de trabajo y actividades económicas.

Si bien el límite general o conjunto de aportación y reducción por las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social disminuye de 2.000 a 1.500 euros, para el ejercicio 2022, el anterior límite podrá incrementarse en otros 8.500 euros adicionales (en total, 10.000 euros) por contribuciones empresariales a favor del trabajador o por aportaciones del trabajador al mismo vehículo de previsión social empresarial ( ej. plan de pensiones de empleo) por un importe igual o inferior a la respectiva contribución del empleador.

Modificaciones en la forma de computar los excesos de aportaciones realizadas a planes de pensiones, y no reducidas, en ejercicios anteriores

Para el ejercicio 2022, se han realizado unos cambios en la forma de aplicar los excesos de aportaciones y contribuciones que no hubieran podido ser objeto de reducción en ejercicios anteriores.

Se elimina la aplicación proporcional de los excesos entre aportaciones (contribuyente) o contribuciones (empresa empleadora,) y se permite la aplicación del límite máximo incrementado (es decir, 1.500 + 8.500 euros=10.000 euros) con independencia de la procedencia de las cantidades aportadas, entendiendo que en el año en el que se hubieran abonado respetaron las aportaciones anuales máximas.

Transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva reguladas en la Ley 35/2003 (ETFs)

Desde 1 de enero de 2022, se ha homogeneizado el tratamiento de los fondos y sociedades de inversión cotizados (ETF, por sus siglas en inglés), con independencia del mercado, nacional o extranjero en el que coticen.

Las instituciones de inversión colectiva cotizadas que coticen en bolsa extranjera tendrán el tratamiento de las que cotizan en bolsa española respecto a la no aplicabilidad del régimen de diferimiento.

En definitiva, los ETF no se pueden acoger al régimen de diferimiento por traspasos entre fondos, ya coticen en la bolsa española o en cualquier bolsa extranjera.

Simulador de Declaración de la Renta 2022

Se ha habilitado un simulador Web Open de la Agencia Tributaria, donde cada persona puede simular, sin necesidad de identificarte, si la declaración de la Renta sale a pagar o devolver, y en qué cuantías.