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Renta 2025: lo que cambia este año y lo que debes tener en cuenta antes de declarar

BBVA AM España

10 de marzo de 2026

Claves de la campaña de la Declaración de la Renta 2025: fechas, novedades fiscales y obligaciones

La campaña de la Declaración de la Renta 2025 ya tiene fechas: se podrá presentar del 8 de abril al 30 de junio de 2026.

Como cada año, conviene revisar qué ha cambiado antes de empezar. Algunas novedades afectan a la tributación del ahorro, a determinadas deducciones o a quién está obligado a presentar la declaración.

Estas son algunas de las claves que conviene tener en cuenta.

¿Quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta 2025?

Con carácter general, deberán presentar la declaración los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo superiores a 22.000 euros anuales cuando procedan de un único pagador.

Si existen varios pagadores, el límite cambia: será obligatorio declarar cuando los ingresos superen 15.876 euros anuales y las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores superen en conjunto los 1.500 euros al año.

Por otro lado, quienes hayan percibido el Salario Mínimo Interprofesional anual (16.576 euros) o menos estarán exentos de presentar la declaración.

Principales novedades en la Renta 2025

Cambios en la tributación del ahorro

El tipo máximo aplicable al último tramo del ahorro aumenta hasta el 30 % para rendimientos superiores a 300.000 euros, frente al 28 % aplicado en el ejercicio anterior.

En esta categoría se incluyen, entre otros, las ganancias patrimoniales derivadas de la venta de acciones o fondos de inversión, así como los rendimientos del capital mobiliario como dividendos, intereses de depósitos o cupones de bonos y letras del Tesoro.

Nueva deducción para rentas del trabajo más bajas

La campaña de la Renta 2025 incorpora una nueva deducción destinada a reducir la carga fiscal de los trabajadores con rentas más bajas.

Podrán beneficiarse quienes obtengan rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 18.276 euros anuales y cuyas otras rentas no superen los 6.500 euros al año.

La deducción puede alcanzar hasta 340 euros anuales, aunque el importe se reduce progresivamente a medida que aumentan los ingresos dentro de ese tramo.

Cambios para personas desempleadas

A partir de la campaña correspondiente al ejercicio 2025 se elimina la obligación generalizada de presentar la Declaración del IRPF para todos los perceptores de prestaciones por desempleo.

En adelante, solo estarán obligados a declarar si superan los límites generales establecidos para cualquier contribuyente.

Deducciones que se mantienen

Algunas deducciones vigentes se prorrogan durante este ejercicio.

Entre ellas destacan las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, que pueden situarse entre el 40 % y el 60 % según el tipo de actuación realizada.

También se mantiene la deducción del 15 % por la compra de vehículos eléctricos y por la instalación de puntos de recarga, aunque esta medida ha sido derogada para ejercicios posteriores.

Cambios en módulos para actividades agrícolas y ganaderas

En el régimen de estimación objetiva desaparecen algunas deducciones que se venían aplicando en ejercicios anteriores, como las relacionadas con el gasóleo o los fertilizantes.

Como contrapartida, la compensación del IVA deja de computar como ingreso a efectos de determinar determinados límites del régimen.

Ayudas por catástrofes naturales

Las ayudas públicas recibidas por daños derivados de catástrofes naturales, como incendios forestales o fenómenos meteorológicos extremos, estarán exentas de tributación.

Nuevas formas de pago

Si el resultado de la declaración sale a pagar, se incorporan nuevas opciones de pago.

Además de las vías tradicionales, será posible realizar el pago mediante Bizum, y el pago con tarjeta se amplía a cualquier entidad.

Antes de presentar la declaración

Antes de confirmar el borrador conviene revisar bien la información fiscal disponible. La Agencia Tributaria ya ha habilitado Renta Web Open, un simulador que permite calcular de forma aproximada el resultado de la declaración incluso antes de que comience el plazo oficial de presentación.

Una forma sencilla de anticiparse y evitar sorpresas en el momento de presentar la declaración.